CONDICIONES GENERALES DE VENTA
Artículo 1: Salvo disposición en contrario, las mercancías son vendidas y aceptadas por el vendedor.
La entrega se efectuará mediante el envío directo de las mercancías al comprador, o bien a través de la entrega a un expedidor o transportista en los locales del vendedor.
Las mercancías son transportadas por cuenta y riesgo del comprador, incluso en caso de envío con portes pagados.
Artículo 2: Las mercancías serán pagaderas en la sede del vendedor. El pago por transferencia bancaria, letra de cambio o por otras modalidades de pago, no comportan la renuncia a estas condiciones ni la novación.
Artículo 3: Las reclamaciones relacionadas con los defectos ocultos solo serán reembolsables si se notifican en el plazo de los 8 días siguientes a la recepción de las mercancías y por carta certificada.
Artículo 4: Todos los casos de fuerza mayor, en particular guerras, disturbios, huelga general o parcial, cierre patronal general o parcial, epidemias, accidentes de explotación, incendios, etc., eximen al vendedor de toda responsabilidad en lo que respecta al incumplimiento de sus compromisos.
Los casos de fuerza mayor suspenden el plazo de entrega y no otorga nunca al comprador el derecho a la rescisión ni a recibir indemnización por daños y perjuicios.
Artículo 5: Los pagos se efectuarán al contado y sin descuento.
El vendedor se reserva el derecho a exigir en el transcurso de la ejecución del contrato, garantías de pago o, en caso de no poder obtenerlas, a adoptar todas las medidas que considere necesarias para asegurar sus intereses.
En caso de impago en la fecha de vencimiento, las facturas comportarán de pleno derecho y sin necesidad de un requerimiento previo, un interés anual del 12 %.
En caso de impago de la totalidad o de una parte de la deuda en la fecha de vencimiento sin motivo justificado, el saldo adeudado será aumentado, tras un requerimiento de pago infructuoso, a un 15 % con un mínimo de 150,00 € y un máximo de 1.900,00 €, incluso en caso de que se hayan concedido plazos de gracia.
Artículo 6: El embalaje será calculado a un precio fijo. El vendedor aceptará los embalajes que el vendedor constate que están en buen estado y que pueden ser reutilizados. Si fuera necesario, los gastos que hayan sido cargados para estos embalajes serán devueltos.
Artículo 7: Los compromisos adquiridos en nombre de Couplet Sugars SA solo serán vinculantes para el vendedor después de la confirmación por escrito. No obstante, el comprador se compromete válidamente por pedido verbal.
La comunicación del precio, las tarifas, los plazos de entrega y las condiciones de venta, no obligan al vendedor hasta su confirmación explícita.
Artículo 8: El comprador aceptará la entrega de un pedido en el plazo establecido en el contrato y en las cantidades acordadas.
Salvo disposición formal en contrario, los plazos de entrega acordados en el contrato son meramente aproximativos y no son vinculantes para el vendedor. Los posibles retrasos no podrán dar lugar nunca a la rescisión del contrato o a una indemnización por daños y perjuicios.
Artículo 9: El contrato forma un todo, aun cuando estipule unos plazos de entrega particulares para unas determinadas cantidades.
Artículo 10: En caso de entrega no conforme o en caso de una reclamación admisible y justificada en lo que respecta a los defectos ocultos, el vendedor podrá a lo sumo estar obligado a sustituir, por su cuenta, los productos rechazados por otros productos. El vendedor no adeudará ninguna indemnización ni será sancionado con otra sanción.
Artículo 11: Las disputas entre el vendedor y el comprador serán competencia exclusiva de los tribunales de Tournai. El contrato compete únicamente a la legislación belga, con exclusión de las Leyes Uniformes del 1 de julio de 1964 sobre la venta internacional de bienes muebles.
Artículo 12: El vendedor se reserva el derecho a la propiedad de las mercancías hasta la realización del pago íntegro de su precio por parte del comprador. El comprador se compromete a no vender, transformar o enajenar la mercancía que todavía sea propiedad del vendedor.
Artículo 13: Si el comprador no cumple sus obligaciones contractuales, el vendedor podrá, de pleno derecho y sin requerimiento previo, suspender sus obligaciones o bien rescindir el contrato.
Basta con que el vendedor informe al comprador de su decisión por carta certificada.
Artículo 14: Siempre y cuando las posibles condiciones particulares vigentes prevalezcan sobre las presentes condiciones de venta, se aplicarán estas últimas, salvo las modificaciones acordadas expresamente por escrito y por las partes contratantes. La posible nulidad de una o varias disposiciones de las presentes condiciones no supondrá un perjuicio para la aplicación de cualquier otra cláusula. Estas condiciones prevalecerán de pleno derecho sobre las posibles condiciones de compra del comprador. En caso de discrepancias en lo que respecta a la interpretación de estas condiciones, prevalecerá el texto francés.
Artículo 15: El vendedor se reserva la propiedad de las mercancías hasta su pago íntegro. Los riesgos irán a cargo del comprador. Los anticipos podrán reservarse para cubrir las posibles pérdidas en la reventa. En caso de reventa de las mercancías, incluso las transformadas, pertenecientes al vendedor, el comprador le cede desde este mismo momento todas las deudas que resulten de su reventa.